Un show jurídico

12 Mayo, 2020

Por AUGUSTO OCAMPO

Está bien que se demande justicia, loable que se acuda a las autoridades para pedir sanciones penales y disciplinarias, pues el derecho fundamental de tener acceso a la administración de justicia es piedra angular en nuestro Estado de Derecho; pero lo que resulta inconcebible, es que con intenciones torcidas, se instrumentalice la potestad de accionar, llevando a los estrados judiciales causas que de entrada lucen no solo insólitas y abusivas, sino que lindan con el fraude o la falsedad y por ende, sin mayores lucubraciones merecen un entierro de tercera.

Fatalmente ha venido haciendo carrera el hecho de que incómodos por las posiciones políticas de quienes se atreven a confrontar con ideas, debatiendo y con el favor cada vez más numeroso de adeptos electores, unos cuantos, han decidido a toda costa, cerrar espacios pretendiendo silenciar la diferencia, desplegando una suerte de ataques y amedrentamientos que sin lugar a dudas, tipifican como acoso judicial. En tal sentido aparecen hoy una especie de mercenarios jurídicos, que prestan su Tarjeta Profesional para atiborrar los despachos judiciales con demandas y denuncias torticeras y temerarias.

Tal  es  el  caso  de  la  queja  que  sin  mediar  poder  o  mandato  en  particular, escondiendo al titiritero, radicó en nombre propio el abogado Hollman Ibáñez Parra, en contra de varios Representantes a la Cámara, todo porque en su sentir, estos disque violaron la prohibición del aislamiento social, incurriendo en falta disciplinaria al hacer presencia en el Congreso para trabajar desde sus curules.

Sobre  el  tema  importa  precisar  que  resulta  por  lo  menos  extraño  el  inusitado  interés del  Presidente  de  la  Comisión  de  Ética,  el  Representante a la Cámara Edwin Ballesteros cuando públicamente desde su cuenta personal de la red Twitter le envió mensaje al quejoso manifestándole que había dado “…instrucciones precisas a la secretaria de la @ComisiónEticaC para que atienda esta denuncia con prioridad y celeridad debida…”; circunstancia que sin lugar a dudas, permite a los denunciados, proyectar recusación en su contra, con sustento en la causal prevista en Artículo 25 literal “a” de la Ley 1828 de 2017 -Código de Ética y Disciplinario del Congresista-

Del  mismo  modo  es  normal  que en caso de que los congresistas que integran la Comisión  Legal  de  Ética  del   Congreso que   votaron positivamente   la proposición   para  sesionar  virtualmente,  no   se declaren  impedidos,  prospere  la  debida  recusación por idéntica causal.

Sin embargo, advertida la tensión que ya se presenta en este sui generis caso, evidente por el cruce de mensajes en las redes sociales y en las intervenciones en los medios de comunicación de las partes trabadas en conflicto, lo más sano jurídicamente hablando en aras a la transparencia que debe revestir la actuación disciplinaria, es que a instancias de los denunciados se pida al Procurador General de la Nación en ejercicio del poder preferente solicite a la Comisión de Ética del Congreso suspenda todo trámite y remita la queja junto con sus anexos, a fin de que en adelante, sea el Ministerio Público quien conozca del expediente y emita decisión de fondo sobre el caso.

Pese a que la reserva de la actuación disciplinaria impide por ahora, conocer el texto integral de la queja, a fin poder hacer un juicio más en detalle sobre la real posibilidad de que a futuro prospere algún tipo de sanción en disfavor de los legisladores, lo cierto es que todo apunta a que este evento, corresponde a una salida en falso más del denunciante célebre por llevar a cuestas varios escándalos, que desdicen de su honradez, pues no solo ha sido relacionado con una empresa que se dijo operaba como una presunta “registraduría paralela”; sino que una ciudadana extranjera, lo sindicó de haberla timado en suma superior a los 3000 dólares y en el más reciente escándalo, pretendió en exótico malabar jurídico a la postre frustrado, llegar como magistrado del Consejo Nacional Electoral, exhibiendo una posesión tramitada a través de una notaría.

Finalmente convencido de que la matriz de ataques enfilados para silenciar las opiniones y perseguir la diferencia, trasciende el sofisticado aparato de espionaje que se ha conocido en los últimos días y tiene una expresión en una especie de sicariato jurídico que pretende incluso llevar tras las rejas a los objetivos identificados y perfilados; solo nos resta esperar a que por lo menos fragmentariamente, se conozcan algunas razones de la querella para poder aterrizar de mejor manera el análisis jurídico en torno a su real alcance, lo que no impide presagiar desde ya su estruendoso fracaso.