Kiko Gómez intenta nueva vía de escape mintiéndole a la JEP

11 Abril, 2022

Por DIANA LÓPEZ ZULETA

Kiko Gómez ha intentado, a como dé lugar, entrar en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) basado en mentiras cuando, precisamente, este sistema fue creado para que las víctimas y la sociedad colombiana conozcan la verdad. En una inextricable resolución de febrero (pero que solamente me notificaron el 8 de abril), la JEP echó para atrás la decisión de primera instancia que, en 2020, había rechazado la solicitud de sometimiento y le abrió la posibilidad de ser aceptado. Gómez, exgobernador de La Guajira, está condenado por seis homicidios, entre esos el de mi padre.

Desde que fue arrestado, en 2013, ha ensayado en vano varias artimañas para quedar libre. En 2015, un juez de Barranquilla —acostumbrado a vender fallos judiciales— le concedió la libertad a través de un habeas corpus, un recurso jurídico al que pueden acudir quienes estén presos de forma injusta. Como no le funcionó —el juez fue puesto en prisión y condenado por vender la falsa orden de libertad—, poco tiempo después logró salir de la cárcel con la constancia de una cita médica con hospitalización incluida, respaldado por un médico que nunca lo había valorado antes. Con esa excusa pidió que le dieran prisión domiciliaria, pero la estratagema fue desbaratada por una fiscal y Gómez tuvo que regresar a la cárcel.  

En 2018 presentó la solicitud de sometimiento ante la JEP y, meses después, pidió la libertad que a veces se otorga como parte de los beneficios de esta jurisdicción. No se la concedieron y, en 2020, la defensa solicitó prisión domiciliaria “por razones humanitarias”. Los problemas de salud que Kiko Gómez siempre ha alegado padecer no tienen ningún asidero. A principios de este año, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) allanó su celda en La Picota: encontró cinco celulares y botellas de licor. Son constantes las rumbas que hace como si estuviera en su casa.

Desde el mismo momento en que Kiko Gómez comenzó a pedir la aceptación en la JEP, me he opuesto enfática y públicamente, no solo porque el fin último es quedar libre, y él todavía representa un peligro, sino porque no cumple con ninguno de los requisitos para estar en esa jurisdicción. Contemplar siquiera que sus delitos tuvieron que ver con el conflicto armado muestra un desconocimiento de sus procesos en la justicia ordinaria y del papel que Gómez cumplió dentro de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

Para empezar, Kiko Gómez es un delincuente común y corriente que usó el aparato paramilitar para sus intereses personales. Su modo de obrar era siempre el mismo: amenazar de frente y mandar a matar por la espalda si no se sometían a sus exigencias. Que todo el mundo supiera que él era el asesino no lo detenía, sino que, por el contrario, lo envalentonaba y afianzaba su poder. Como la impunidad para él siempre ha estado garantizada en La Guajira y el Cesar, Gómez se ataviaba para ir a los velorios de sus propias víctimas y daba “el pésame” a los familiares. Con el ataúd en andas del muerto que había mandado asesinar horas antes, y luciendo gafas oscuras, recorría las calles del pueblo infundiendo terror. Esto no solo muestra lo premeditado con que actuaba: su proceder era de frente para causar zozobra pues, precisamente, cuánto más visible y evidente, más peligroso. Cuánto más visible, menos se le podía tocar. Cuánto más visible, menos posibilidades de justicia. Quien lo denunciaba estaba labrando su propia muerte.

Kiko Gómez ejerció dominio y poder en las AUC y en la banda criminal de Marcos Figueroa (a este último le fue cerrada la puerta en la JEP). La justicia ordinaria condenó a Gómez a 40 años de prisión por asociarse para delinquir con estos grupos y por los asesinatos de dos campesinos y el de mi padre, Luis López Peralta (ocurrido el 22 de febrero de 1997). También tiene una pena de 55 años por otros tres homicidios.

La Fiscalía lleva a su cargo más de 28 procesos en contra de él, pero la lista de homicidios suma 131. El móvil de los asesinatos era cobrar venganzas estrictamente personales y, con esto, lograr beneficios privados que, en ningún caso, hacían parte del conflicto armado. Su única ideología ha sido matar para eliminar a sus opositores políticos o sus adversarios.

 

Las mentiras de Kiko Gómez en la JEP

Las dos decisiones tomadas por la JEP —la de primera instancia, que rechazó la solicitud de ser acogido, y la segunda, que revocó la anterior— usaron la misma información para llegar a distintas conclusiones. En la apelación, la JEP consideró que su calidad de tercero colaborador o financiador de las AUC ameritaba un nuevo análisis, así como los homicidios de los dos campesinos, pero dejó por fuera el homicidio de mi padre porque respecto de este en particular estimó que el móvil estuvo asociado a “actos de corrupción y persecución política”, como quedó ampliamente demostrado en el expediente judicial.  

El derecho a la verdad, en beneficio de las víctimas, es uno de los ejes centrales de la JEP, pero, de entrada, Kiko Gómez ha faltado abiertamente a ella.

De todas las mentiras que menciona en su propuesta la más inverosímil y asombrosa es la de haber pertenecido, hasta 1996, al frente 59 de las FARC, grupo al que, supuestamente, realizó aportes económicos hasta que le mataron a un familiar y se vio obligado a asociarse con las AUC. Al respecto, la jurisprudencia exige que para acreditar la condición de integrante o colaborador de las FARC el postulado debe aparecer “en los listados de dicha organización” o haber sido condenado o investigado, requisitos que Gómez no cumple.

Aunque otrora enemigos, desde hace unos años, Gómez se alió con Milton de Jesús Toncel, alias Joaquín Gómez, comandante de las antiguas FARC. En 2019, cuando ya cursaba la solicitud en la JEP, Toncel y Gómez invitaron a las víctimas a una reunión para “consolidar la paz”. Es bien conocido que detrás de la alianza está la familiaridad que ahora los une: Toncel es cuñado de Kiko Gómez (hace dos años se casó con la hermana del segundo).

En otro de los apartes, Kiko Gómez miente al decir que para el periodo 1993-1994 los grupos paramilitares ingresaron al departamento de La Guajira. Está ampliamente documentado y testimoniado por decenas de paramilitares que la entrada de las AUC se dio en mayo de 1997 con la llegada de Salvatore Mancuso y Jorge 40.

Para ser admitido en la JEP y acomodarse al fundamento legal, Gómez ha minimizado su participación en las AUC aduciendo que fue simplemente un tercero del conflicto armado. Esto tampoco es cierto. En la propuesta para el sometimiento, sostuvo que, a raíz del homicidio de un familiar, en 1997, condujo “su apoyo a la incursión y el accionar de grupos armados en La Guajira” y propuso esclarecer los homicidios por ese grupo armado (como si gran parte de ellos no hubieran sido ordenados directamente por él). Atribuyó “la confrontación armada a asuntos étnicos, asociándola a las tradiciones del pueblo wayuu” y que, posterior a su apoyo, “se declaró la guerra directa a las AUC” y se vio forzado a crear “su propio grupo armado ilegal para hacerles frente a los diferentes grupos que una vez apoyó (FARC y AUC)”. ¿Hasta qué punto puede un tercero en el conflicto ser alguien capaz de crear y conformar un grupo criminal?

Alegando “venganza como forma reparadora de justicia dentro de la nación wayuu”, vuelve a mentir: Kiko Gómez no pertenece a la etnia wayú, por eso fue juzgado por el tribunal ordinario. Los wayús son una cultura matrilineal, quiere decir que solamente heredan la pertenencia a esa etnia los hijos de mujeres wayús, no de hombres, y su madre no lo es.

Gómez tuvo control de la fuerza pública, pero no era miembro de ella. Tuvo control de los paramilitares —fue el creador en La Guajira, sus bases funcionaron en su casa y en su finca y les daba órdenes—, pero no era propiamente uno de ellos. Fue político, pero su ejercicio no era esencialmente político: su interés no era servirle al pueblo, sino a sí mismo. La única categoría en la que podría encajar es en la de un psicópata que se movía en cada uno de esos espectros en función exclusiva de sus intereses personales y de consolidación de su poder en la región.

En la jurisprudencia de la Sección de Apelación de la JEP, establece que “quienes integraron organizaciones paramilitares no pueden presentarse como terceros civiles”. Puntualiza que, en caso de que alguien pretenda comparecer como integrante de un grupo paramilitar “deberá rechazar in límine [desde el comienzo] este tipo de solicitudes”. Gómez no ha contado ni demostrado cuál ha sido su real alcance con las AUC porque hubiera sido rechazado de plano y, al matizar su participación, pretende ser acogido para obtener beneficios. La justicia ordinaria, por el contrario, ya demostró que se concertó con los paramilitares y con el grupo criminal de Marcos Figueroa para delinquir y cometió asesinatos, sin que haya sido condenado por todos los crímenes que le adjudican.

En la primera providencia de la Sala de Definiciones Jurídicas, en la que se rechazó el sometimiento, se puede leer: “Bajo esas connivencias delictivas -algunas veces con la banda criminal de Marcos de Jesús Figueroa, como fue en el caso de la muerte de Luis Gregorio López, y otras veces con las AUC- se fue generando una espiral de violencia diversificada con formas de ejercicio no asociadas al conflicto armado interno, a pesar de que participaran actores armados. Su actuar delictual, entonces, fue un fenómeno de conflictividades fragmentado que cruzó por varios campos y adoptó diferentes formas dependiendo del escenario en el cual se desarrollara”.

El abogado penalista José Luis Mozo leyó la decisión y concluyó lo siguiente:

“Esa cantidad de procesos (28) guarda información sobre su real y verdadero papel con las Autodefensas. Yo no creo que él fuera simplemente un financiador: un financiador no controvierte con Jorge 40, eso solo lo puede hacer un jefe, alguien con igual o más poder. Creo que, con la demostración de eso, no podrá acceder a la JEP”.

En este último tiempo, la JEP ha rechazado el sometimiento de varios paramilitares que han querido usar esta jurisdicción como trampolín para la libertad. A Enilce López, por ejemplo, la dejó fuera de ese plano jurídico, por tanto fue integrante de las AUC y no colaboradora, mismo caso de Kiko Gómez.

Extraña entonces que la Sala de Apelaciones de la JEP quiera abrirle el camino a Gómez, célebre por cometer más de un centenar de asesinatos a título personal. Llama la atención, además, que esta Sala no haya leído con atención la sentencia por la que fue condenado por el homicidio de mi padre: yerra de manera grave al decir que se consumó a través de la banda criminal de Marcos Figueroa. Asimismo, la Sala de Apelaciones cuestiona a la Sala de Definición el haber basado su decisión únicamente en la sentencia de primera instancia emitida contra Gómez por la justicia ordinaria y le insta a tomar en cuenta la decisión de segunda instancia, desconociendo que dicha decisión no existe, pues el magistrado a cargo no ha promulgado ningún fallo desde que el proceso llegó a su despacho, hace cuatro años.

Ojalá la JEP tenga en cuenta, en su decisión final, que Gómez siguió delinquiendo desde la cárcel: en 2014, estando ya preso, mandó asesinar al médico neurólogo Jorge Daza Barriga. En los años siguientes, el periodista Gonzalo Guillén y otras personas, entre las que me incluyo, hemos denunciado amenazas ante la Fiscalía y diversos planes de asesinato. El fiscal que lleva el caso no ha hecho nada.

Si la JEP ordenara su libertad, de todas maneras seguiría preso por los delitos por los que ya el Tribunal de Paz descartó su reconocimiento, entre esos, el homicidio de mi padre. De ser así, ¿qué es lo que busca, entonces?