Carlos Mattos, ‘Kiko’ Gómez y Emilio Tapia crearon su propio cartel en el INPEC y en la justicia del Atlántico

12 Marzo, 2025
  • Un informe de Medicina Legal conceptuó que Mattos, “en sus actuales condiciones no permiten determinar un estado de salud grave por enfermedad”. Pasando por encima de este concepto, el Tribunal de Barranquilla avaló la opinión de un médico particular contratado por Mattos, a pesar de no tener valor legal y de no contar con un diagnóstico definitivo, y con ello pasó a vivir en dos mansiones que adquirió en Barranquilla, donde recibe todo tipo de visitas, realiza fiestas y atiende sus negocios.


Por MARISOL OROZCO

 Carlos Mattos, Juan Francisco ‘Kiko’ Gómez y Emilio Tapia tienen características en común. La principal de ellas es que son delincuentes condenados por graves delitos. Los tres son parte de las mafias de la costa caribe. Los tres son inmensamente ricos y poderosos. Los tres han coincidido más de una vez en los patios de delincuentes de cuello blanco de diferentes establecimientos carcelarios, en los que se hicieron compinches. A los tres se les ha probado que continúan delinquiendo desde la cárcel y burlando las condiciones de sus sentencias. Los tres han recorrido el mismo camino, calcado, buscando la libertad o pagando sus deudas con la justicia desde sus mansiones. Terminaron creando su propia mafia en el INPEC y la justicia, gracias a lo cual los benefician oscuros jueces del Atlántico, así como el director del INPEC, teniente coronel Daniel Fernando Gutiérrez Rojas y otros funcionarios de esa corrupta entidad.

Hoy, Carlos Mattos vive en dos mansiones unidas en Barranquilla, donde ha permanecido hospitalizado por más de dos años, sin elementos científicos y legales que lo justifiquen. Emilio Tapia vive a cuerpo de rey en el pabellón ERE de la cárcel El Bosque, de Barranquilla –que había sido clausurado por múltiples escándalos de corrupción en los que éste estaba envuelto y fue reabierto para él—, y Kiko Gómez está a punto de ser trasladado ilícitamente a un cómodo centro de detención en Valledupar, luego de varios intentos que hasta ahora han sido frustrados por denuncias públicas de La Nueva Prensa.

De la consolidación de este cartel por parte de Carlos Mattos —con dos condenas por sobornar jueces e incurso en delitos de lesa humanidad— se puede decir que se originó el 2 de marzo de 2022, cuando fue trasladado de la cárcel La Picota de Bogotá hacia la penitenciaría de máxima seguridad de El Barne, en Cómbita, Boyacá. La razón del traslado obedeció a que Mattos, con ayuda de guardias y carros del Inpec, solía evadirse de la cárcel para sostener reuniones privadas en una de sus oficinas en Bogotá, en la que, incluso, se reunió con sus abogados. Teniendo en cuenta que la prensa reveló los videos que probaban lo anterior, el entonces presidente Iván Duque se vio obligado a destituir al director del Inpec y al de La Picota, mientras que Mattos debió aceptar su traslado. Por estos hechos fue abierta una nueva investigación contra él, pero no ha tenido avance alguno o, posiblemente, ya fue archivada.

Una vez en Cómbita, y tan solo cinco meses después del traslado, Carlos Mattos consiguió que el director del Inpec, recién nombrado por el entonces nuevo gobierno de Gustavo Petro, el Teniente Coronel Daniel Fernando Gutiérrez Rojas, le concediera el 29 de agosto de 2022, un traslado al pabellón de funcionarios públicos denominado de reclusión especial (ERE) de la cárcel El Bosque, de Barranquilla, justificado en un insólito incentivo por buena conducta. Esto, a pesar del escándalo reciente y otras denuncias en las que se demostraba que en el espacio de reclusión de Carlos Mattos se encontraban lujosos elementos prohibidos, así como licor y aparatos de comunicación, además de las fiestas que organizaba y la denuncia en su contra de otro privado de la libertad en Cómbita por acosarlo sexualmente (denuncia que le fue precluida en 2024 a pesar de los videos que probaban estos hechos). No solo eso, el director Gutiérrez Rojas deliberadamente ignoró el Artículo 12 de la Resolución 006076 del 18 de diciembre de 2020 del mismo INPEC, que ordena que “3. Cuando la persona privada de la libertad lleve menos de un (1) año de permanencia en el Establecimiento de Reclusión donde se encuentra, (…)” el traslado es improcedente.

Adicionalmente, el INPEC ignoró el cumplimiento de otros requisitos preestablecidos por la ley para otorgar incentivos de buena conducta y traslados con base en ello, lo que incluye la realización de un Consejo Disciplinario y una Junta de Traslados y que, según lo estipulado por la ley y publicado en la página del Ministerio de Justicia:

“- Para efectos de los traslados de internos en el país, se integrará una junta asesora que será reglamentada por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario. Esta junta formulará sus recomendaciones al Director del Instituto, teniendo en cuenta todos los aspectos socio jurídicos y de seguridad. (…)

- Cuando se trate de personas privadas de la libertad condenadas por delitos graves o que constituyan alta peligrosidad se analizará si es procedente el traslado y si existen establecimientos de alta seguridad en el lugar donde se pide el traslado”.

Captura de pantalla tomada el 3 de marzo de 2025 de la página web del Ministerio de Justicia y el Derecho.

Captura de pantalla tomada el 3 de marzo de 2025 de la página web del Ministerio de Justicia y el Derecho.

 

Una vez trasladado a El Bosque, el siguiente paso de Mattos fue el ya viejo y conocido por todos los poderosos que han querido evitar pagar sus deudas con la justicia en prisión. Se hizo hospitalizar en una clínica privada y, sin haber sido dado de alta ni contar con las recomendaciones del médico por la misma razón, su abogado presentó un recurso de habeas corpus con el que solicitó que a Mattos se le garantizara la hospitalización domiciliaria. El recurso fue negado en primera y segunda instancia, por lo que su equipo jurídico presentó una tutela contra los juzgados que negaron el recurso, ante el Tribunal Superior de Barranquilla.

El caso cayó por reparto, casualmente, a la Sala de decisión a la que pertenecía al corrupto exmagistrado Jorge Eliécer Mola Capera, hoy condenado por vender fallos de tutela. El Tribunal encontró que ambos juzgados habían obrado en derecho negando el recurso a Mattos, pues la solicitud debía haber sido dirigida a los juzgados de ejecución de penas que llevaban los procesos en su contra. Sin embargo, el mismo Tribunal consideró que el derecho de Mattos Barrero a la salud, en conexidad con el derecho a la vida, estaba en riesgo, por lo que procedió a darle trámite a su solicitud de ser trasladado a su mansión recién adquirida para recibir hospitalización domiciliaria, una vez fuera dado de alta del centro de salud.

Son varias las irregularidades que tuvieron lugar en esta instancia.

Por un lado, el magistrado Demóstenes Camargo de Ávila, del Tribunal de Barranquilla, ponente de esta tutela con Radicado No. 08-001-22-04-000-2023-00016-00, remitió en el marco de ese trámite una solicitud al Instituto Colombiano de Medicina Legal el 26 de enero de 2023 para que evaluara la situación de salud de Mattos Barrero. El examen fue conducido por Medicina Legal el 30 de ese mismo mes y el dictamen concluyó que: “(…) el examinado CARLOS JOSÉ MATTOS presenta los diagnósticos arriba citados, los cuales en sus actuales condiciones no permiten determinar un estado de salud grave por enfermedad (…) Con relación a las enfermedades de base que presenta el señor Mattos, es competencia del establecimiento penitenciario y carcelario garantizar el acceso a tratamientos ordenados por su médico tratante, así como valoraciones periódicas según lo requieran sus condiciones de salud (…)”. Negrilla y subrayado fuera de texto.

Facsímil de la Determinación del estado de salud de la Persona Privada de la Libertad expedida por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, No.: UBBARBA-DSAT-00692-C-2023, respecto del examen médico-legal practicado a Carlos Mattos Barrero.

 

A pesar del mencionado dictamen, el 7 de febrero de 2023, el Tribunal Superior de Barranquilla, en cabeza del magistrado Demóstenes Camargo de Ávila y con la segunda firma del corrupto Jorge Eliécer Mola Capera, profirieron sentencia en la que concedían la solicitud de hospitalización a Carlos Mattos en su mansión de Barranquilla, justificando la necesidad en el concepto emitido por el médico particular de Mattos Barrero —que carece de valor legal— y sin mencionar en ninguna parte la conclusión del examen hecho por el Instituto Nacional de Medicina Legal, único competente para emitir este tipo de conceptos, de acuerdo a lo establecido en la reiterada jurisprudencia constitucional al respecto —cuando se trata de personas ya condenadas— y consignado también en el Artículo 75 —Causales de Traslado— del Código Penitenciario y Carcelario: “1. Cuando así lo requiera el estado de salud, debidamente comprobado por médico oficial. 2. Falta de elementos adecuados para el tratamiento médico (…).”, conclusión que era contraria al concepto emitido por el médico particular de Mattos, y que actuando en derecho no podía ser obviado por la Sala pero, aun así, lo desecharon.

Y no fue solo eso, el Tribunal justificó su decisión en la Sentencia C-163 de 2019, que se refiere a la posibilidad de los acusados e imputados (no los condenados) de presentar sus propias pruebas en el alegato para obtener una sustitución de la detención preventiva, por causas de salud, y debatir dichas pruebas ante el juez.

 

De acuerdo con lo establecido en dicha decisión de tutela, el INPEC es la entidad encargada de hacer seguimiento a la situación de salud de Carlos Mattos. Sin embargo, a pesar de haber sido condenado por comprar jueces y por alterar el software de reparto de la judicatura y, no obstante los antecedentes de sus comportamientos contra la ley durante su reclusión en los distintos centros penitenciarios por los que ha pasado, el INPEC se ha negado sistemáticamente a revisar y corregir esta situación. Mattos cumple ya dos años “hospitalizado” con plenas libertades en una mansión de lujo: una edificación que fusionó dos casas en el mejor barrio de Barranquilla, equipada con todas las comodidades, acceso a tecnología y herramientas de comunicación. Según fuentes, entra y sale sin restricciones, además de organizar reuniones y fiestas con una amplia variedad de asistentes. Todo esto refleja el poder y estilo de vida que mantenía incluso desde que estaba en una de las cárceles más seguras de Bogotá, de donde salía con la complicidad del INPEC para gestionar diligencias privadas.

El INPEC se ha negado sistemáticamente a explicar el motivo por el que evita que a Mattos se le practique el examen de salud por parte del Instituto de Medicina Legal, habiendo convertido la medida transitoria de hospitalización en casa en una permanente de detención domiciliaria, en contra de las condiciones de reclusión que ordenan las dos condenas que pesan en su contra.

 

En paralelo, Emilio Tapia ha seguido su propia carrera por la libertad, desafiando las condiciones de su condena, con el respaldo del INPEC y de jueces del Atlántico, al igual que Mattos. Tapia, condenado por el carrusel de la contratación en Bogotá y por el escándalo de Centros Poblados —donde se apropió de recursos destinados al internet de escuelas rurales—, además de otros delitos, cumplía su pena en la cárcel La Picota. Perdió el beneficio de prisión domiciliaria tras incumplirlo al viajar por Colombia haciendo negocios. Luego, el 3 de marzo de 2022, fue trasladado a cárcel La Picaleña, en Ibagué, por orden del entonces director del INPEC del gobierno anterior, tras demostrarse que seguía delinquiendo desde La Picota y gozaba de privilegios en ese penal.

Sin embargo, tan solo tres meses después de su estadía en este centro carcelario, un juez de Malambo, Atlántico, ordenó al INPEC trasladarlo hacia el pabellón ERE de la cárcel El Bosque, de Barranquilla, fundamentado en amparar el derecho de la esposa e hijos de Tapia a la reunificación familiar, ignorando la jurisprudencia existente alrededor de este derecho cuando se trata de un privado de la libertad y las implicaciones de trasladarlo a un lugar con menores controles y mayores comodidades que las que tenía en La Picota. El apoyo de la institucionalidad a Tapia no terminó ahí: un funcionario de la Oficina Jurídica del INPEC envió un correo al juzgado que había fallado en favor de Emilio, en el que manifestó que la Entidad no apelaría la decisión, razón por la que la Procuraduría abrió una indagación preliminar que, naturalmente, no ha presentado avance alguno.

Una vez recluido en la cárcel El Bosque, poco tiempo pasó para que nuevos escándalos de corrupción en su pabellón, y que lo involucraban, se ventilaran. Salidas y entradas en su camioneta particular sin ningún control del centro carcelario, entrada de elementos prohibidos, entrada regular de empleada del servicio y visitas permanentes, domicilios de restaurantes, lujosas comodidades, entre otras, que se sumaban a similares denuncias respecto de otros privados de la libertad alojados en ese pabellón, como ‘Kiko’ Gómez, obligaron al actual director del INPEC, TC Gutiérrez Rojas, a cerrarlo y a trasladar a todos los que allí “pagaban” sus deudas con la justicia. Como Tapia estaba respaldado por una orden judicial que determinaba mantenerlo en esa cárcel en Barranquilla, fue trasladado a otro pabellón de ese mismo establecimiento. Sin embargo, como no contaba con las mismas comodidades y libertades, la esposa de Emilio Tapia presentó una nueva tutela, esta vez alegando la falta de protección y garantía a la dignidad del condenado y a los derechos de sus hijos. Con esta tutela, el juez ordenó que Tapia fuera trasladado a una casa fiscal en un batallón, a pesar de nunca haber sido servidor público ni miembro de las fuerzas armadas, requisito que establece la ley para el pago de condenas en este tipo de establecimientos. El caso se escaló porque el batallón no contaba con ninguna casa ni espacio disponible para recibir a Tapia y el juez ordenó el arresto del director del INPEC y su superior, así como de los militares que no habían cumplido con la orden de traslado, generando una alerta y posterior intervención de la Procuraduría, lo que resultó en que el juez de Malambo desistiera de la orden de traslado a la casa fiscal y ordenó al director del Inpec reabrir el pabellón ERE —ese clausurado en el pasado por los escándalos de corrupción—, como única alternativa para que Emilio Tapia tuviera satisfecho su derecho a la dignidad. Allí “permanece” en la actualidad.

Finalmente se encuentra a ‘Kiko’ Gómez, exgobernador de La Guajira condenado por múltiples asesinatos. Las similitudes con los dos casos anteriores son numerosas y evidentes. El país conoce bien que desde que Gómez se encuentra en la cárcel ha hecho toda clase de maromas para evadir la prisióne irse para su casa. Para conseguirlo, ha acudido a dictámenes falsos de médicos particulares —por los que le abrieron nuevas investigaciones que jamás avanzaron, pese a las contundentes pruebas—, hospitalizaciones extensas en clínicas privadas, etc.

‘Kiko’ Gómez se encontraba pagando su condena en La Picota de Bogotá por orden de la Corte Suprema de Justicia, la cual advirtió, mediante AP2656 de 2014 con Radicación No. 43777 (Aprobado Acta No. 153), que Gómez no podía permanecer recluido en un centro carcelario de la costa norte y debía estar en Bogotá, al determinar que “es un hecho notorio que su presencia en la zona podía “afectar las reglas de convivencia social y en especial a la población civil en la cual han recaído la mayoría de acciones (…). Y es así como en el afán de anteponer sus propósitos, han dejado entre sus numerosas víctimas a servidores públicos de la administración de justicia, de la policía judicial, alcaldes y defensores de derechos humanos”.

A pesar de lo anterior, el 21 de diciembre de 2022, Gómez Cerchar envió un derecho de petición al director del INPEC (mismo que ejerce en la actualidad), solicitando su traslado al pabellón ERE de la cárcel El Bosque de Barranquilla, “argumentando acercamiento familiar”, según consta en el anexo de la Resolución 000124 del 12 de enero de 2023, mediante la cual el director del INPEC autorizó el traslado. Sin embargo, el teniente coronel Daniel Fernando Gutiérrez, en entrevista con La W, en la que se le cuestionó por este traslado, dijo que éste había obedecido a que el clima de Bogotá no era favorable para las supuestas dificultades de salud que presentaba ‘Kiko’ Gómez. No obstante, no existió dictamen de Medicina Legal que lo confirmara.

El número de versiones dadas por el director del INPEC para justificar este traslado aumentó cuando se vio obligado a compartir con la periodista Diana López Zuleta, víctima de ‘Kiko’ Gómez, la Resolución citada (que es un documento público según la ley), luego de que ella ganara un recurso de insistencia ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por la información negada. Allí se señalaba que “GÓMEZ CERCHAR no goza de beneficio alguno por parte del Instituto, fue trasladado a un establecimiento penitenciario acorde a su nivel de seguridad y tratamiento penitenciario, como quiera que ha cumplido con diez (10) años de la pena que le fue impuesta por autoridad judicial, sin que existan antecedentes que indiquen un ánimo de fuga o de evadir el cumplimiento de la sentencia”. Esto, a pesar de que ‘Kiko’ Gómez había sido uno de los señalados en la corrupción, los lujos y las fiestas del pabellón de funcionarios públicos de La Picota en Bogotá, y desconociendo a la Corte Suprema respecto de la alta peligrosidad que representaba Gómez Cerchar en la costa caribe.

Una vez en la cárcel El Bosque de Barranquilla, ‘Kiko’ Gómez resultó nuevamente involucrado en hechos de corrupción, denunciado por periodistas de La Nueva Prensa, relacionados con el Pabellón ERE de ese centro penitenciario que llevaron a su cierre: salidas y entradas sin control —incluso pasaba la noche fuera del establecimiento—, según fuentes del INPEC y otras cercanas a Gómez. Fiestas, alcohol y sustancias prohibidas. Elementos de comunicación. La misma historia.

Allí también se hizo hospitalizar alegando quebrantos de salud. Permaneció en una clínica privada durante 18 días, y regresó a El Bosque un día después de que su hija, Juana Gómez, había inscrito su candidatura a la gobernación de La Guajira. Su regreso también coincidió con la denuncia hecha por el periodista Gonzalo Guillén alrededor de su extensa hospitalización.

Gómez Cerchar fue trasladado el 27 de mayo de 2023 a la cárcel de La Dorada. Según penalistas consultados que conocen este establecimiento, es uno de los más duros de Colombia porque el acceso a privilegios es limitado y porque allí tener suficiente agua para soportar las altas temperaturas ya es un lujo. En un contexto de corrupción, enviar a ‘Kiko’ Gómez a esta prisión resultaría un excelente negocio porque pagaría lo que fuera por salir de allí.

El 12 de agosto, tres meses después de llegar a La Dorada, Gómez Cerchar solicitó su traslado a Valledupar por temas de salud. Nuevamente, el director del INPEC TC Gutiérrez Rojas, ordenó el traslado a La Picota de Bogotá, donde argumentó que tendría mejores condiciones para la atención de su salud. De nuevo, en un contexto de corrupción, enviar a ‘Kiko’ Gómez a La Picota sería un gran negocio, pues le significará un paso adicional para llegar a su destino objetivo, Valledupar, lo que implicaría que tendría que pagar por dos traslados en vez de uno, mientras al tiempo se daría un mensaje a la opinión pública de que se garantizan los derechos del condenado, pero no se hace lo que él diga.

Un número considerable de fuentes han advertido en las últimas semanas a la periodista Diana López Zuleta, víctima de Gómez Cerchar, que él ya cuadró su traslado a Valledupar, en donde finalmente perseguirá la prisión domiciliaria, como es de esperarse, y que es cuestión de pocos días para que el traslado se materialice. Asimismo, las fuentes han informado que la gestión estaría siendo promovida por el INPEC, luego de que esa misma solicitud no le prosperara ante el juzgado de ejecución de penas que lleva su proceso. Todo esto, a pesar de que la Entidad conoce de la mentada orden de la Corte Suprema de Justicia y los peligros que supone su traslado a Valledupar para muchas personas y para los procesos que aún se siguen en contra de ‘Kiko’.

En respuesta a un derecho de petición que enviamos al director del INPEC junto a Diana López Zuleta el 17 de marzo de 2023, el funcionario confirmó que entre 2018 y 2023, solo dos privados de la libertad habían sido trasladado de la cárcel de Cómbita en Boyacá a El Bosque de Barranquilla. Uno, en 2019 por una orden judicial, y el otro en 2022 por estímulo de buena conducta. Este sería el traslado de Carlos Mattos. A su vez, la Entidad confirmó que, en ese mismo periodo de tiempo de seis años, solo seis privados de la libertad fueron trasladados de La Picota en Bogotá hacia El Bosque, de a uno por año –siendo ‘Kiko’ Gómez el afortunado del año 2023-; cinco de ellos por estímulo de buena conducta (uno de esos Gómez Cerchar) y un restante por fallo judicial.

Parte de la respuesta del INPEC a derecho de petición elevado por periodistas de La Nueva Prensa respecto de los traslados a la cárcel El Bosque, de Barranquilla.

 

Esto demuestra que los traslados a la cárcel El Bosque de Barranquilla son excepcionales, por lo que parecerían responder más a un privilegio exclusivo para unos pocos que a una acción enmarcada en lo establecido por la ley y la jurisprudencia constitucional, en coherencia con el principio de justicia. Estas evidencias también demostrarían la existencia de un cartel que ha garantizado para estos tres personajes, junto a otros pocos, acceder a las condiciones de “reclusión” que prefieran, bien sea por decisiones del INPEC o de los operadores judiciales en el departamento del Atlántico.

Es inevitable pensar que el país en el que Pablo Escobar construía la cárcel en la que iba a estar recluido todavía existe. Y con el agravante de que los protagonistas de hoy no usan las ganancias que han obtenido de sus negocios ilegales para ello, sino que ahora financian sus privilegios como condenados con dinero e instituciones del Estado. ¿Es este cartel más grande que el Estado mismo, que no ha hecho nada para atajarlo? ¿Debemos resignarnos como país a no obtener justicia ni poder confiar en ella?

La Nueva Prensa se comunicó con la ministra de Justicia Ángela María Buitrago para conocer sus comentarios respecto de esta investigación, pero al término de esta publicación no había obtenido respuesta.